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¿El responsable de selección de personal que sustituya a mi agencia de la UE considerará simplemente que todos los PSC están sujetos a la normativa IR35?

Preguntas de los contratistas: ¿El responsable de selección que sustituya a mi agencia de la UE considerará que todos los PSC están sujetos a la IR35?

Índice
  • Lee la letra pequeña
  • La resolución sobre la IR35
  • BADR y requisitos de acceso

Pregunta de un autónomo: He trabajado con bastante éxito a través de una agencia de selección de personal que no es del Reino Unido ni de la UE, realizando trabajos para un cliente de la UE.

Yo facturo a la agencia; esta factura a otra agencia «local» con la que el cliente suele trabajar para los contratistas de la UE y para ahorrar tiempo; a continuación, esa agencia factura al cliente, de modo que el cliente pueda pagar a la agencia «local», que a su vez paga a mi agencia y, finalmente, mi agencia me paga a mí.

En abril me renovaron el contrato, pero el mes pasado no facturé porque el sistema de la agencia «local» no mostraba los datos correctos de mi renovación. Se ha sabido que alguien de la empresa cliente consideró que la estructura de la agencia era demasiado complicada y decidió prescindir de mi agencia sin avisarles; a partir de ahora, se va a recurrir a una agencia del Reino Unido para todoslos contratistas con sede en el Reino Unido, y ni a mí ni a los demás contratistas afectados se nos informó de ello.

El primer problema es que a mi agencia no le hace gracia que la dejen de lado y que vaya a perder dinero, pero, en segundo lugar, me preocupa que la nueva agencia del Reino Unido considere que todos los que tiene para este clienteestán sujetos a la normativa IR35y, en la práctica, convierta a todos los contratistas con sede en el Reino Unido en sus «trabajadores» para evitar cualquier problema en el futuro.

De todos modos, tengo pensado marcharme del Reino Unido en los próximos seis meses y recurrir al procedimiento BADR para disolver la empresa. ¿Qué riesgo supondría aceptar cualquier contrato que me ofrezca la agencia del Reino Unido solo para evitar las molestias de quedarme sin contrato o de pasar de estar dentro del IR35 aestar fuera?

Respuesta del experto: Tu situación habitual en materia de contratación es bastante compleja, con posibles riesgos y complicaciones. ¡Y parece que tu cliente está de acuerdo! La nueva configuración también entraña riesgos.

Es importante evaluar detenidamente cualquier nuevo contrato que nos envíe el mismo cliente antes de aceptarlo.

Lee la letra pequeña

Es posible que tu agencia actual no vea con buenos ojos la posible pérdida de ingresos, y que las restricciones contractuales te impidan trabajar directamente con ese mismo cliente.

Es fundamental que revises tu contrato con detenimiento.

En general, se recomienda que te pongas en contacto con tu agencia y solicites autorización para contratar con el mismo cliente, y es fundamental que obtengas esta confirmación por escrito.

La resolución sobre la IR35

En lo que respecta a la normativa IR35, si tu cliente no tiene su sede en el Reino Unido y no cuenta con una empresa asociada, según las normas sobre trabajo fuera de nómina (Off-Payroll Working Rules), es tu responsabilidad como autónomo determinar tu situación en relación con la normativa IR35, y no la del cliente ni la de tu agencia.

Una prohibición general iría en contra de los requisitos legales («diligencia razonable»), por lo que te recomiendo que comuniques a la agencia del Reino Unido que eres consciente de ello. Como alternativa, tu sociedad limitada podría plantearse contratar directamente con la agencia local de tu cliente, siempre que esta esté dispuesta a aceptar este acuerdo, ya que en este caso no supone ninguna ventaja recurrir a una empresa de selección de personal del Reino Unido.

BADR y requisitos de acceso

Por último, si estás pensando en liquidar tu empresa al amparo delPlan de exención fiscal por enajenación de activos empresariales, es fundamental que revises detenidamente los criterios de elegibilidad.

Puedes encontrar esta información en la página web de HMRCaquí. Esperemos que cumplas los requisitos. En resumen, si has sido propietario de tu empresa durante al menos dos años, se trata de una empresa dedicada a actividades comerciales y enajenas sus activos en un plazo de tres años, podrías tener derecho a una desgravación que reduce el tipo impositivo aplicable del impuesto sobre las plusvalías del 20 % actual al 10 %. ¡Buena suerte!

El experto era Kevin Austin, director general de Access Financial.