La norma de Schengen de 90/180
limita la estancia sin visado (y con visado de corta duración) en el espacio Schengen a 90 días dentro de cualquier periodo de 180 días consecutivos. Se contabilizan todos los días de estancia —llegada, salida, fines de semana— en el conjunto de los Estados Schengen, y el periodo se renueva diariamente. Esta norma se aplica a las visitas turísticas y de negocios, pero no al empleo, que requiere una autorización específica.
Datos clave
- Un máximo de 90 días de estancia dentro de cualquier periodo de 180 días consecutivos, en el conjunto de todos los Estados de Schengen.
- Los días de llegada, los días de salida y los fines de semana cuentan todos; el plazo nunca se reinicia al salir.
- Los registros biométricos del EES ahora calculan automáticamente las estancias excesivas en la frontera.
- Esta norma se refiere únicamente a la presencia; el trabajo productivo requiere una autorización específica.
- Bulgaria y Rumanía ya forman parte del espacio Schengen (como miembros de pleno derecho); Chipre, en cambio, aún no.
¿Cómo funciona el cálculo 90/180 en 2026?
En cualquier día dado, retrocede 180 días y cuenta los días de presencia en todo el espacio Schengen durante ese periodo: el total no debe superar los 90. El periodo es continuo, no se reinicia; salir y volver a entrar no altera en nada el cálculo.
El control se ha endurecido desde que entró en funcionamiento el Sistema de Entrada y Salida (EES): los sellos en los pasaportes se han sustituido por registros biométricos, las estancias superiores al plazo permitido se calculan automáticamente y la autorización ETIAS posterior vincula los futuros viajes al historial de cumplimiento. Los errores de recuento manuales ahora se detectan en la frontera.
| Se cuenta para los 90 días | No cuenta |
|---|---|
| Cualquier parte de un día en el espacio Schengen (días de llegada o salida) | Días en países no pertenecientes al espacio Schengen (Reino Unido, Irlanda y la mayor parte de los Balcanes) |
| Fines de semana y días festivos durante la estancia | Tiempo de permanencia con un visado nacional de larga duración (D) o un permiso de residencia en el Estado emisor |
| Todos los Estados del espacio Schengen en conjunto | Tránsito sin entrar en el espacio Schengen (zona de embarque) |
¿Qué implicaciones tiene esta norma para los viajes de negocios y el trabajo?
Tres límites que hay que respetar:
- No se trata de un permiso de trabajo: los 90 días se refieren a la estancia; el trabajo productivo suele requerir un permiso o un acuerdo de desplazamiento, independientemente de la duración; véase «permiso de trabajo».
- Contratistas del Reino Unido y de terceros países: tras el Brexit, los ciudadanos del Reino Unido que prestan servicios de consultoría en toda la UE acumulan 90/180 días como cualquier ciudadano de un tercer país, lo que supone un límite máximo estricto para los patrones de presencia en las instalaciones del cliente.
- El formulario A1 y el régimen de desplazamiento siguen siendo de aplicación: los desplazamientos de corta duración a la UE por parte de empleadores con sede en la UE dan lugar a obligaciones en materia de desplazamiento y del formulario A1, independientemente de que la estancia esté exenta de visado.
En el caso de los modelos de dotación de personal que van más allá de las simples cuentas —semanas recurrentes en las instalaciones del cliente, asignaciones rotativas—, las estructuras más sólidas son los permisos nacionales, la Tarjeta Azul de la UE o el empleo local a través de un «empleador oficial», y no los cálculos creativos.
Qué implica el límite máximo para la entrega en las instalaciones del cliente
Las empresas se meten en problemas al tratar la regla del 90/180 como una simple cuestión de redondeo de RR. HH.: se registra una estancia excesiva a nombre del viajero durante años y, con el EES, esto queda patente en todas las fronteras. Realiza un seguimiento de los días acumulados en el espacio Schengen de los viajeros frecuentes del mismo modo que lo haces con el recuento fiscal de los 183 días —de forma centralizada y con antelación— y reestructura los puestos que superan sistemáticamente el límite. Access Financial transforma los patrones de viaje que superan el límite en condiciones laborales y permisos que cumplen con la normativa en toda la UE.
Preguntas frecuentes
A continuación encontrarás las respuestas a las preguntas más frecuentes.
¿Cómo se calculan los días de la zona Schengen?
Toma como referencia el día de hoy, retrocede 180 días y suma todos los días en los que has estado presente en cualquier país del espacio Schengen durante ese periodo, incluidos los días de llegada y salida. Si el total es de 90, debes marcharte, y cada nuevo día de presencia debe hacer que el total acumulado se mantenga por debajo de 90. La calculadora en línea de la Comisión Europea aplica exactamente esta lógica.
¿Me permite la norma del 90/180 trabajar a distancia desde la UE?
La normativa solo regula la presencia; los derechos laborales son una cuestión aparte. Los periodos cortos de teletrabajo sin necesidad de visado se encuentran en una zona gris que muchos estados toleran en el caso del trabajo para empresas extranjeras, pero los patrones recurrentes o prolongados entran en el ámbito de la fiscalidad local, la Seguridad Social y los permisos —que es precisamente lo que se pretendía regularizar con la creación de los visados para nómadas digitales—; véase «visado para nómadas digitales».
¿Qué pasa si me quedo más de 90 días?
Con el sistema de entrada y salida, las estancias ilegales se detectan automáticamente y se registran: las consecuencias van desde multas y denegaciones de entrada hasta prohibiciones de varios años, y el historial se tiene en cuenta en futuras solicitudes de visado y de ETIAS. Para los empleadores, un consultor inhabilitado supone un riesgo para el cumplimiento de los plazos de entrega; la prevención mediante el seguimiento diario resulta mucho más económica que la corrección a posteriori.
¿Se reinician los días de Schengen cuando obtengo un nuevo visado o pasaporte?
No. El recuento de 90/180 se aplica a la persona, no al documento: un visado de entradas múltiples recién expedido, un pasaporte nuevo o una salida y regreso por la frontera no alteran en nada el cálculo acumulativo. Dado que el EES compara datos biométricos, los cambios en los documentos pasan desapercibidos para el sistema; la planificación debe ajustarse al plazo establecido, no eludirlo.
¿Los días que se pasan en Bulgaria y Rumanía cuentan para el límite de los 90 días?
Sí, ambos son ahora miembros de pleno derecho del espacio Schengen (fronteras aéreas y marítimas a partir de 2024, y las terrestres posteriormente), por lo que la estancia allí consume el mismo cupo que en Francia o Alemania. Chipre sigue fuera del espacio Schengen por ahora, y los días en el Reino Unido e Irlanda nunca se han contabilizado. Vuelve a consultar el mapa cada año; los cambios en la pertenencia al espacio Schengen modifican los cálculos de viaje.